Los Órganos de Administración de la sociedad matriz deberán adoptar un acuerdo mediante el cual aprueban la creación de la filial. Este acuerdo y los estatutos de la Sociedad deben ser traducidos por traductor jurado y presentados posteriormente en el Registro Mercantil en España.
El Consulado Español del pais de residencia de la sociedad, deberá certificar que la sociedad matriz está constituida conforme a las leyes de su pais (debidamente legalizado o apostillado.)
Fuente: http://www.crear-empresas.com/